Artículo 23. Permiso por traslado de domicilio
Tiene que cumplimentar los 3 campos siguientes:
"REQUISITOS a) Solicitud de la persona interesada en modelo normalizado. b) Autorización del órgano competente. c) Justificación documental suficiente que acredite la realidad del traslado (certificado de empadronamiento o factura de empresa de mudanza o contratos de arrendamiento de donde se deduzca el cambio de domicilio, etc.) aportada dentro de los 15 días siguientes al disfrute del permiso DURACIÓN a) Un día, si el traslado no supone cambio de localidad de residencia. b) Dos días, si el traslado tuviera lugar a otra localidad. c) Tres días si supusiera cambio de provincia. CARACTERÍSTICAS a) El permiso deberá disfrutarse necesariamente cuando efectivamente se produce el traslado de domicilio. b) El hecho de cambiarse de hospedaje no genera derecho al permiso salvo que suponga mudanza de muebles o enseres. c) Tampoco se genera derecho a este permiso cuando el traslado de residencia es consecuencia de cambio de puesto de trabajo que conlleve plazo posesorio. d) Por residencia habitual de la persona trabajadora se entenderá aquel en el que ésta tenga su domicilio y como tal conste en cada momento en su expediente personal."
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